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¿Se puede impugnar una sucesión en California?

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Quinn & Dworakowski, S.L.

Es posible que el patrimonio de una persona deba someterse a un proceso sucesorio tras su fallecimiento. Si existe un testamento, el tribunal lo validará durante dicho proceso. El representante personal también deberá pagar los impuestos del difunto, y se deberá dar a los acreedores la oportunidad de cobrar cualquier deuda del patrimonio, según lo determine el tribunal. Finalmente, el tribunal ordenará al representante personal que distribuya los activos del patrimonio de acuerdo con las estipulaciones del testamento. En ausencia de un testamento, la distribución se llevará a cabo según las normas de sucesión intestada.

En la mayoría de los casos, la sucesión es un proceso sencillo. Los herederos del difunto reciben su dinero una vez completados los trámites legales necesarios. Sin embargo, en California, el proceso de sucesión es público. Se hace público para que cualquier persona pueda presentar objeciones a la solicitud de sucesión. Usted puede presentar objeciones a una solicitud de sucesión si cree que el testamento contiene errores o si tiene otros motivos legítimos para hacerlo.

¿Cuáles son los pasos del proceso de sucesión?

Es fundamental que el albacea del testamento de otra persona comprenda sus responsabilidades en relación con el proceso de sucesión. Debe recopilar toda la información pertinente necesaria para el procedimiento. El buen funcionamiento del proceso de sucesión depende de saber a quién hay que contactar y cómo se hará dicho contacto. Los siete pasos esenciales del proceso sucesorio se enumeran a continuación:

  • Presentación de la solicitud: El proceso de sucesión debe iniciarse presentando una solicitud ante la oficina del Tribunal Superior de Distrito de su condado tras el fallecimiento de la persona cuyo testamento se va a someter a sucesión. En un plazo de 30 días a partir de la presentación de dicha solicitud, recibirá una notificación de la audiencia.
  • Publicación de un obituario: El periódico local publicará un aviso de la audiencia al menos tres veces después de que se haya fijado la fecha, con el fin de informar a cualquier persona que pueda tener interés en el testamento. Se enviará una notificación por escrito a las personas mencionadas en el testamento, y también se informará a los acreedores.
  • Hacer valer el testamento: Si existe un testamento, este debe ser validado, a menos que se considere de plena validez. Antes de continuar, es necesario analizar detenidamente los términos del testamento y la redacción exacta utilizada en el documento.
  • Catalogación de activos: La lista completa de los bienes especificados en el testamento debe recopilarse una vez que se haya comprobado su validez. Sin embargo, en esta etapa solo se incluyen aquellos bienes que deben someterse al proceso de sucesión. Es necesario gestionar de forma independiente los bienes tales como acciones y bonos, fondos de inversión y cuentas bancarias o de cooperativas de crédito mediante un cambio de titularidad.
  • Realizar pagos a los acreedores: Tras recibir la notificación del fallecimiento del difunto, los acreedores tienen derecho a presentar reclamaciones por cualquier deudas pendientes que serán reembolsados con cargo a la sucesión. Los gastos del funeral y otras obligaciones pueden cubrir estos pagos.
  • Pagar los impuestos sobre el patrimonio pendientes: Antes de distribuir los bienes de la sucesión entre los beneficiarios designados según lo establecido en el testamento, es necesario saldar estas deudas. Si estos impuestos sucesorios no se pagan antes de que se repartan los bienes del testamento, el fiador del testamento podría verse obligado a hacerse cargo de su pago. Estos impuestos sucesorios pueden abarcar desde los impuestos sucesorios federales hasta los impuestos estatales de California.
  • Cerrar la sucesión: El cierre de la sucesión constituye la etapa final del proceso sucesorio. Los honorarios que se deban abonar a los abogados especializados en planificación sucesoria se incluirán, si fuera necesario, en la solicitud final que se utilice para cerrar la sucesión. Una vez liquidada, los activos restantes podrán distribuirse entre los familiares.

Antes de iniciar el proceso sucesorio, e inmediatamente después del fallecimiento de la persona cuyo testamento se someterá a sucesión, debe presentar una solicitud ante el tribunal para impedir que continúe el proceso sucesorio. Si no impugna el proceso sucesorio antes de que el testamento se someta a tramitación, dispone de 120 días para impedir la liquidación de la sucesión. Durante ese tiempo, el testamento se hace público, lo que abre diversas vías para que surjan disputas y para que las partes reclamen derechos sobre el testamento del difunto.

Preguntas frecuentes

P: ¿Cuánto tiempo tengo para impugnar el proceso sucesorio en California?

R: En California, una persona dispone de 120 días a partir de la fecha de apertura de la sucesión para solicitar al tribunal que reconsidere su resolución sobre la validez del testamento o para pedirle que revoque dicha resolución. Para ello, debe presentar una objeción formal por escrito contra el testamento en la que se expongan los motivos por los que este no es válido.

P: ¿Cuándo se puede impugnar una sucesión?

R: Los herederos pueden impugnar un fideicomiso o un testamento en determinadas circunstancias, según lo establece la legislación de California. Tan pronto como fallece la persona, se puede impugnar la validez del documento. Sin embargo, la legislación sucesoria del estado establece claramente que existe un plazo de 120 días para presentar la impugnación si el fideicomiso o el testamento ya han sido admitidos a trámite.

P: ¿Puedo impugnar una sucesión?

R: Al presentar un recurso ante el tribunal de apelación ubicado en el mismo distrito que el tribunal sucesorio, usted puede impugnar una resolución dictada por este último. El Tribunal de Apelación de California del Segundo Distrito es donde debe presentar su recurso si la resolución sucesoria que desea impugnar se dictó en Los Ángeles.

P: ¿Quién puede impugnar una sucesión?

R: Un hijo puede iniciar un proceso de impugnación de un testamento tan pronto como fallezca el testador. La impugnación de un testamento está sujeta a ciertos plazos. Según el Código Sucesorio de California, el hijo dispone de 120 días para presentar una objeción ante el tribunal sucesorio si el testamento o el fideicomiso ya han sido admitidos a trámite.

Cómo impugnar y dar por concluido el proceso sucesorio

El proceso privado ya es bastante abrumador, pero si usted impugna la continuación de este procedimiento, debe actuar con rapidez para defender y mantener adecuadamente su derecho a hacerlo. El plazo establecido en California para las resoluciones sucesorias es de 120 días, y si no presenta una objeción dentro de ese plazo, es posible que tenga que pasar por el proceso sucesorio independientemente de sus deseos. Para lograr evitar que un testamento pase a la sucesión, póngase en contacto con un abogado especializado en planificación patrimonial Recurrir a Quinn & Dworakowski, LLP para elaborar un plan sucesorio legalmente sólido es la mejor manera de evitar estos problemas en el futuro.

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