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¿Cuál debe ser el valor de una sucesión para que se someta a un proceso sucesorio en California?

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Quinn & Dworakowski, S.L.

Perder a un ser querido nunca es fácil, sobre todo cuando sus bienes se reparten según su testamento. Dependiendo de los detalles del plan sucesorio de tu ser querido, puede ser necesario un proceso de sucesión para agilizar la distribución de los bienes. Cada estado tiene ciertas reglas que rigen el proceso de sucesión, y California no es la excepción. Puede haber mucha incertidumbre en torno al proceso de sucesión, especialmente si no tiene experiencia con él. Para asegurarse de que la sucesión se desarrolle sin problemas, es mejor comprender las etapas precisas del proceso, especialmente los requisitos financieros.

¿Qué significa «sucesión»?

El proceso legal de distribución de los bienes tras la redacción de un testamento se denomina “sucesión.” Una vez que el testamento se considera válido, el albacea designado comienza a distribuir los bienes entre las personas nombradas en el documento. Siguiendo las instrucciones del difunto, durante este proceso se pueden repartir desde reliquias familiares y objetos personales hasta bienes inmuebles. Dependiendo del valor total de la sucesión, es posible que ni siquiera sea necesario el proceso de sucesión. El albacea de su testamento y las personas nombradas en él no están obligados a pasar por el proceso de sucesión en California si el valor de su patrimonio es inferior a $184,500.00. Sin embargo, el proceso de sucesión es necesario para patrimonios que superen esta cantidad.

¿Cómo se remunera a los albaceas durante el proceso sucesorio?

La División 7, Capítulo 1, Artículo 1, del Código Sucesorio de California aborda específicamente el importe de la remuneración. En función de las funciones habituales del albacea, este recibiría 4% de los primeros $100,000, 31 % de los siguientes 1,4 millones de dólares, 21 % de los siguientes 800 000 dólares y 11 % de los siguientes 9 millones de dólares. Recibiría el 0,5 % de los siguientes 15 millones de dólares de los ingresos, y cualquier cantidad superior a esa estaría sujeta a la determinación del tribunal sobre lo que sea razonable. La suma se calcula utilizando el valor de tasación de todo el inventario del patrimonio.

¿Cuánto cuesta el proceso de sucesión?

Los honorarios máximos que los abogados y los representantes personales pueden cobrar por la sucesión se establecen en el artículo 10810 del Código Sucesorio de California. En situaciones excepcionales y en casos más complejos, un juez puede autorizar honorarios más elevados. Los siguientes porcentajes se aplican a las tasas legales de sucesión:

  • 4% sobre los primeros $100 000 del patrimonio
  • 3% por el segundo $100 000
  • 2% para el próximo $800 000
  • 1% para el próximo $9 000 000
  • 5% por el próximo $15 000 000

En los casos en que sea aplicable, el tribunal fijará las tasas para una sucesión cuyo valor supere los $25 000 000. El valor de los bienes sujetos a la administración sucesoria es el único factor que se tiene en cuenta para determinar las tasas de sucesión. En términos generales, el valor bruto de los bienes inmuebles, las participaciones en empresas, las inversiones, las cuentas bancarias y los bienes muebles se consideran bienes sujetos a la administración sucesoria. Por lo general, los activos colocados en un fideicomiso en vida (o con designación de beneficiarios), los ahorros para la jubilación y los seguros de vida no están sujetos a la administración sucesoria.

¿Qué ocurre con los patrimonios más modestos?

Siempre debe existir un proceso para transferir los bienes inmuebles a los herederos cuando el difunto es su propietario, independientemente del valor del patrimonio. Afortunadamente, si el valor total de los activos es inferior a $184,500, existe un procedimiento sumario. Cualquier heredero del difunto puede recurrir a este proceso sucesorio, incluidos el cónyuge supérstite, los hijos, los nietos, los padres, etc. Si todos los activos del difunto tienen un valor inferior a $184,500, el Código Sucesorio 13150 y siguientes permite la distribución de propiedades en alquiler y bienes personales a los herederos mediante la presentación de una Petición para Determinar la Sucesión de Bienes Inmuebles. Para este proceso, solo es necesaria una audiencia judicial.

Preguntas frecuentes

P: ¿Cuál es el límite para evitar la sucesión judicial en California?

R: Si el valor de la sucesión del difunto es de 184 500 $ o menos, no es necesario tramitar la sucesión ante un tribunal. Si el valor de la sucesión es de 184 500 $ o menos y usted tiene derecho legal a heredar bienes muebles, como dinero en efectivo en una cuenta bancaria o acciones, es posible que no tenga que comparecer ante el tribunal. Puede poner los bienes a su nombre mediante un procedimiento simplificado.

P: ¿Cuál debe ser el valor de un patrimonio para que sea necesario un proceso de sucesión en California?

R: Según la legislación de California, no es necesario pasar por un proceso sucesorio si el valor total de los bienes que deben someterse a dicho proceso en el momento del fallecimiento es inferior a $166,250.00. La transferencia de estos bienes se lleva a cabo mediante un proceso simplificado. La cifra de $184,500 excluye ciertos bienes, como por ejemplo, los automóviles.

P: ¿Es obligatorio que una sucesión pase por el proceso de sucesión en California?

R: En California, por lo general, es necesario pasar por el proceso de sucesión. Sin embargo, existen dos tipos distintos de sucesión. Si el valor del patrimonio es inferior a 184 500 dólares, los trámites necesarios para liquidar la sucesión son más sencillos. Si los bienes están vinculados a un beneficiario o a un titular en vida, es posible que no sea necesario pasar por el proceso de sucesión. Por ejemplo, los fondos de una póliza de seguro de vida se transferirían automáticamente al beneficiario designado. La pareja sobreviviente recibiría los bienes de la pareja.

P: ¿Es necesario pasar por un proceso de sucesión para una herencia de poco valor en California?

R: El estado de California no exige la tramitación de la sucesión para los patrimonios de personas fallecidas cuyo valor sea inferior a 184 500 dólares. Se puede utilizar una declaración jurada, realizada bajo pena de perjurio al menos 40 días después del fallecimiento del difunto, para obtener los bienes destinados a los beneficiarios o herederos del patrimonio. Si Código Sucesorio de California Si se aplican los artículos 13100 a 13116 —la ley de sucesiones de pequeña cuantía—, no es necesario presentar ningún documento ante el Tribunal Superior.

Buscar asistencia legal para el proceso de sucesión

El proceso de sucesión en California es complejo por naturaleza. Puede resultar estresante para quienes no lo conocen a fondo, especialmente en lo que respecta al aspecto financiero. Para garantizar una distribución fluida de los bienes tras el proceso de sucesión, así como una valoración adecuada del patrimonio, es fundamental contratar a un abogado que le ayude con la preparación de la sucesión. Nuestros expertos en Quinn & Dworakowski, LLP conocen a fondo la legislación sucesoria de California y cuentan con años de experiencia en planificación patrimonial, por lo que pueden ayudarle a usted y a su familia a comprender el procedimiento. Visite nuestro sitio web y ponte en contacto con nosotros para obtener más información sobre nuestros servicios.

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