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Código de Familia de California, artículo 4057

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Quinn & Dworakowski, S.L.

Abogado especializado en el artículo 4057 del Código de Familia de California

Cuando una pareja que tiene hijos en común se enfrenta a una divorcio u otras formas de separación, uno de los temas más polémicos que pueden surgir es el de la manutención infantil. Para garantizar la equidad y un sentido de igualdad, California sigue un conjunto específico de pautas para el cálculo de la manutención infantil. Sin embargo, el estado reconoce que pueden darse circunstancias que justifiquen una desviación de estas pautas. El artículo 4057 del Código de Familia de California enumera estas excepciones.

En los casos en que los padres no logren llegar a un acuerdo sobre la manutención infantil, se designará a un juez para que tome una decisión basándose en ciertos factores comunes a ambos padres. Sin embargo, si existe una razón justificada, el juez puede reducir o aumentar el monto de la manutención infantil que considere necesario, incluso si ello se sale de las pautas de cálculo. En estas situaciones, es aconsejable contratar a un abogado especializado en manutención infantil para asegurarse de que el juez siga fallando en beneficio del menor.

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¿Qué es el artículo 4057 del Código de Familia de California?

En California se aplican directrices muy estrictas que permiten a los jueces calcular la cuantía de la pensión alimenticia que se debe otorgar al progenitor con la custodia en casos de divorcio, separación u otras formas de determinación de la paternidad. Normalmente, solo lo hacen cuando los padres no logran llegar a un acuerdo por su cuenta. Sin embargo, los tribunales reconocen que puede ser necesario actuar al margen de estas directrices, ya que en casos concretos pueden considerarse injustas o irrazonables.

Bajo Código de Familia de California, artículo 4057, se describen ciertas circunstancias en las que un juez puede reducir o aumentar considerablemente la pensión alimenticia más allá de los cálculos habituales. Estas circunstancias pueden incluir, entre otras, las siguientes:

  • Los padres han llegado a un acuerdo sobre el monto de la pensión alimenticia fuera de los tribunales, y dicho monto ha sido posteriormente aprobado por el tribunal.
  • Los niños en cuestión tienen necesidades especiales específicas que requieren que el progenitor que no tiene la custodia pague una cantidad mayor de manutención.
  • El progenitor que debe pagar la manutención infantil está obligado a abonar una cantidad que acabaría superando las necesidades reales del menor.
  • Uno de los padres no está contribuyendo económicamente a las necesidades de su hijo en una proporción equivalente al tiempo que pasa con él.
  • El progenitor que paga la pensión alimenticia percibe unos ingresos elevados y, según los cálculos habituales, el importe de su pago superaría con creces las necesidades básicas y reales del menor.
  • Se descubre que el niño tiene más de dos padres.
  • Los padres tienen acuerdos de custodia compartida distintos, ya que se refieren a hijos diferentes.

Quinn & Dworakowski, LLP: Sus abogados especializados en manutención infantil en el Condado de Orange

Si se encuentra en medio de una complicada disputa por la manutención infantil y desea saber más sobre sus derechos y los de su hijo, los abogados de Quinn & Dworakowski, LLP, pueden ayudarle. Con más de 30 años de experiencia en el ámbito del derecho de familia, podemos defender sus derechos como padre o madre y asegurarnos de que el tribunal dicte una resolución que vele por el interés superior de su hijo.

Si cree que le corresponde una pensión alimenticia mayor a la que permiten los cálculos generales, podemos ayudarle a llevar su caso ante los tribunales en virtud del artículo 4057 del Código de Familia. Del mismo modo, si la cantidad de pensión alimenticia que está pagando es demasiado elevada, según los cálculos o su nivel de ingresos, podemos ayudarle a determinarlo y a presentar sus conclusiones ante un juez.

Cómo se calcula la manutención infantil en California

Si los padres de los hijos en cuestión no logran ponerse de acuerdo sobre el monto de la manutención fuera de los tribunales, pueden presentar su caso ante un juez. El juez determinará entonces un monto justo de manutención basándose en ciertos factores y en un cálculo establecido en la legislación estatal. Este cálculo suele basarse en los ingresos de los padres, su acuerdo de custodia compartida y sus deducciones fiscales. Al aplicar estos cálculos, los tribunales se rigen por los siguientes principios:

  • La prioridad principal es el interés superior del niño.
  • Se tendrán en cuenta los ingresos de cada progenitor y su grado de responsabilidad respecto a los hijos.
  • La manutención de los hijos recae conjuntamente en los padres.
  • Cada progenitor debe hacerse cargo de la manutención de los hijos según sus posibilidades.
  • Las necesidades económicas del niño deben cubrirse con fondos privados y personales.
  • Es responsabilidad de cada padre o madre mantener a sus hijos de acuerdo con sus posibilidades económicas y circunstancias personales.

Preguntas frecuentes sobre el artículo 4057 del Código de Familia de California

¿Cuánto cuesta contratar a un abogado especializado en manutención infantil en California?

En California, puede resultar difícil ofrecer una estimación exacta del costo que supondría contratar los servicios de un abogado especializado en manutención infantil. Hay varios factores específicos de su caso que pueden influir en el costo final. Entre ellos se incluyen la complejidad del caso, su duración, así como la formación, el nivel de experiencia y la ubicación de su abogado.

¿Quién es el progenitor presunto según el Código de Familia de California?

Según el Código de Familia de California, se considera padre o madre presunto de un niño a cualquier persona que:

  • Estaba casado con la madre del niño en el momento de la concepción o del nacimiento del niño.
  • Vivía con la madre del niño en el momento del nacimiento.
  • Ha firmado una declaración de filiación.
  • Intentó casarse con la madre del niño antes de que este naciera, pero la boda no llegó a celebrarse.

¿Qué pasa si no puedo pagar un abogado especializado en manutención infantil?

Si no puede permitirse contratar a un abogado especializado en manutención infantil en California, puede explorar ciertas opciones previstas en el Código de Familia de California. Tal y como se establece en Código de Familia de California, artículo 7605, puede solicitar al tribunal que ordene a la parte contraria que pague sus honorarios de abogado, pero debe demostrar que no cuenta con los medios económicos para hacerlo usted mismo ni el otro progenitor del niño.

¿A quiénes se aplica la Ley de Derechos Familiares de California?

En virtud de la Ley de Derechos Familiares de California, un empleado o un empleador puede tomarse un período determinado de licencia sin goce de sueldo en casos de carácter familiar. Estas circunstancias pueden incluir:

  • El nacimiento de un niño
  • La adopción de un niño
  • La acogida de un niño en un hogar de acogida
  • Cuidar de un familiar con una enfermedad grave, como un padre, un hijo, un cónyuge o una pareja de hecho

Póngase en contacto hoy mismo con el servicio de asistencia jurídica que necesite

Si necesita asistencia y asesoramiento legal en un caso de manutención infantil, consulte a los abogados de Quinn & Dworakowski, LLP. Podemos ayudarle a ejercer los derechos que le corresponden en virtud del Código de Familia de California. Contáctenos hoy mismo.

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