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Executores o administradores de fuera del estado y la sucesión en California

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Quinn & Dworakowski, S.L.

Algunas de las preguntas más comunes que recibo sobre sucesiones provienen de albaceas o administradores que residen fuera del estado, o se refieren a ellos. En la mayoría de los casos, no hay ningún problema en que un familiar que resida fuera del estado u otra persona actúe como representante personal (albacea/administrador). Sin embargo, existen criterios específicos que los designados deben cumplir para ser elegibles ante el tribunal de sucesiones de California: la persona debe ser ciudadana de los Estados Unidos, mayor de 18 años y no puede tener condenas por delitos graves en su expediente.

Si tiene alguna duda sobre su condición de representante personal residente fuera de California, le invito a ponerse en contacto conmigo. Soy un abogado con amplia experiencia en sucesiones. Puedo responder a todas sus preguntas relacionadas con este tema.

Comprenda la diferencia entre el administrador de una sucesión y el albacea hablando con un abogado especializado en sucesiones

Para muchas personas, el proceso de sucesión puede resultar bastante confuso. Términos como “albacea”, “administrador” y “representante personal” se utilizan con frecuencia sin que se aclaren apenas las responsabilidades que conlleva cada cargo.

A continuación se ofrece una explicación sencilla de cada término:

  • Albacea: Si usted es el albacea, ha sido designado en el testamento como la persona encargada de administrar la sucesión.
  • Administrador: Si se le nombra administrador, usted será responsable de la sucesión en caso de que el difunto fallezca sin testamento.
  • Representante personal: Este término se ha vuelto cada vez más común como sustituto de cualquiera de los dos: albacea o administrador.

Cuando trabajes conmigo, me aseguraré de que tengas una comprensión clara y completa de lo el proceso de sucesión en California, cómo se aplica a los testamentos y representantes de otros estados o del extranjero, y todas las demás cuestiones relacionadas con la situación de su familia.

Problemas relacionados con las fianzas y la legislación sucesoria de California

La mayoría de los condados de California exigen que el representante personal de fuera del estado cuente con una fianza. Los términos “fianza sucesoria” y “fianza fiduciaria” son sinónimos que se refieren a los numerosos tipos de fianzas judiciales que se exigen cuando se designa a alguien para que actúe en nombre de otra persona.

En lo que respecta a las fianzas, muchos representantes y beneficiarios tienen dudas sobre la exención de la fianza. Si el testamento incluye una exención del requisito de la fianza, el tribunal sucesorio puede o no acatar los deseos del difunto. Si el representante personal reside fuera de California, el tribunal puede ignorar los deseos del difunto y exigir una fianza.

En resumen, una fianza está diseñada para proteger el patrimonio del difunto frente a actos ilegales, como el fraude. El representante personal ejerce un control considerable sobre el patrimonio, lo que incluye: encargar la tasación del patrimonio, distribuir los activos, realizar un inventario de los activos, saldar las deudas y muchas otras responsabilidades. Si el representante personal actúa de manera inadecuada, los beneficiarios y otras partes están protegidos por la fianza.

Póngase en contacto con Sweeney Probate Law para obtener respuestas a sus preguntas sobre sucesiones fuera del estado

Si tiene alguna pregunta o inquietud sobre la sucesión en California, póngase en contacto conmigo, William Sweeney, llamando al 949-660-1400. También puede ponerse en contacto conmigo por correo electrónico rellenando un formulario de contacto en línea. Tanto si su asunto sucesorio se encuentra en el condado de Riverside como en cualquier otro lugar, estoy disponible para reunirme con usted en persona, por teléfono, a través de Skype o por cualquier otro medio con el que se sienta cómodo.

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