La legislación vigente en California regula la disposición de los bienes de una persona mediante testamento. Además, hasta el 1 de abril de 2022, la legislación vigente establece procedimientos simplificados para gestionar la sucesión de un difunto cuyo patrimonio tenga un valor inferior a 166 250 dólares, lo que incluye autorizar al sucesor del difunto a cobrar los bienes que le correspondan sin necesidad de cartas de administración ni de esperar a que se valide el testamento. A partir del 1 de abril de 2022, el monto mínimo será de $184,500.
La legislación vigente también prevé la transmisión de bienes mediante testamento al fideicomisario o fideicomisarios de un fideicomiso constituido o que vaya a constituirse por el testador o por el testador y otra persona, lo que se conoce comúnmente como «testamento de transferencia». Un testamento de transferencia es como cualquier otro testamento, salvo que solo tiene un beneficiario principal, que es el fideicomiso en vida del testador.
Por ejemplo, sin un testamento de transferencia, cualquier bien adquirido después de constituir su fideicomiso en vida que, por descuido, figure a su nombre en lugar de a nombre de su fideicomiso, normalmente pasaría a sus herederos según lo establecido por la legislación estatal, quienes pueden ser o no las mismas personas que usted nombra en su fideicomiso para recibir sus bienes tras su fallecimiento. El testamento de transferencia garantiza que dichos activos se añadan a su fideicomiso para que, en última instancia, se distribuyan a los beneficiarios que usted nombre en su fideicomiso.
Sin embargo, el proceso de sucesión solo se aplicará a los bienes sujetos a sucesión, es decir, aquellos que no estén a nombre de un fideicomiso, que no sean de propiedad conjunta, que no sean heredados por un cónyuge supérstite y que no formen parte de una cuenta IRA o 401K con beneficiarios designados. No obstante, también pueden darse bienes sujetos a sucesión en situaciones en las que se haya cometido un error, como por ejemplo, no haber designado beneficiarios para una cuenta IRA o 401K.
¿Por qué se le llama testamento de transferencia? Porque “vierte” los bienes en el fideicomiso y se aplica a los bienes que, por lo general, están a nombre exclusivo del difunto. El testamento de transferencia sirve como medida de respaldo para cualquier bien que no se haya transferido debidamente al fideicomiso en vida del fideicomitente.
¿Por qué debería producirse una transferencia de activos en virtud de un testamento de transferencia cuando existe un fideicomiso en vida? Esto puede suceder de varias maneras, como por negligencia, error o postergación. A veces, la falta de comprensión sobre cómo funciona un fideicomiso contribuye a este problema. La confusión también puede ser un factor, especialmente cuando se refinancia un bien inmueble. El prestamista a menudo exige que el bien se retire del fideicomiso al refinanciarlo, pero probablemente no animará al propietario a volver a transferirlo al fideicomiso después de la refinanciación.
El testamento de transferencia transferirá los bienes al fideicomiso para garantizar que dichos bienes se sometan al plan de distribución del fideicomiso y que, además, se beneficien de las disposiciones de reducción fiscal del fideicomiso. Salvo contadas excepciones, la legislación vigente establece que los bienes del difunto, incluidos los bienes transferidos mediante un testamento de transferencia, por lo general, está sujeto a un proceso sucesorio formal.
En un caso judicial de California de 1993 se estableció una excepción a la administración formal de la sucesión, Finca de Heggstad y un caso reciente del Tribunal de Apelación del Cuarto Distrito de Apelación Ukkestad contra RBS Asset Finance, presentada el 16 de marzo de 2015, las cuales establecen una excepción a la administración formal de la sucesión en determinadas circunstancias. Por ejemplo, si el fideicomiso incluye una lista de activos y una cláusula que constituya una transferencia, o si el o los fideicomitentes firman un acuerdo en el que declaran que ceden todos sus activos al fideicomiso, se puede presentar una petición ante el tribunal solicitando que todos los activos sean declarados activos del fideicomiso. Este procedimiento de petición evita una sucesión completa de los activos que no se transfirieron al fideicomiso mediante el cambio de sus títulos.
Suponiendo que los hechos de un caso no den lugar a un procedimiento de declaración jurada o a un Heggstad y/o Ukkestad En la actualidad, es probable que un fideicomiso de transferencia directa deba someterse a un proceso de validación testamentaria. Existe un proyecto de ley en el Senado de California (SB 155) que establecería procedimientos simplificados para la distribución de bienes, ya sean inmuebles o muebles, de cualquier cuantía o valor, legados mediante testamento al fideicomisario o fideicomisarios de un fideicomiso de beneficiario, sin necesidad de obtener cartas de administración. El proyecto de ley del Senado 155 fue presentado por el senador Hertzberg el 2 de febrero de 2015.
El proyecto de ley del Senado n.º 155 autorizaría al fideicomisario o fideicomisarios de un fideicomiso beneficiario a presentar una petición verificada en la que se expongan hechos específicos ante el tribunal superior del condado en el que se administre la sucesión del difunto, y autorizaría al tribunal a dictar una orden para que uno o varios bienes concretos se transfieran sin pasar por el proceso de administración y se cedan al solicitante en su calidad de fideicomisario o fideicomisarios del fideicomiso beneficiario. El proyecto de ley exigiría que los honorarios de los abogados por los servicios prestados en relación con estas disposiciones se determinen mediante un acuerdo privado entre el abogado y el cliente, y especificaría que los honorarios de los abogados no están sujetos a la aprobación del tribunal. A octubre de 2015, el proyecto de ley del Senado 155 está pendiente en la legislatura. En este momento, se desconoce el estado del proyecto de ley.
Lo que suceda si los bienes sujetos a sucesión no se encuentran en un fideicomiso al fallecer el fideicomitente o el fideicomitente sucesor depende de las circunstancias de cada caso. Ya sea que se requiera o no un proceso de sucesión, ahí es donde Quinn & Dworakowski, LLP puede ayudarle. Hacemos que un proceso de sucesión difícil y confuso sea lo más sencillo posible. Si no está seguro de qué hacer, póngase en contacto con nosotros. Si desea obtener más información sobre la sucesión en California, Heggstad Si tiene alguna duda sobre las peticiones o sobre si su testamento de transferencia directa debe someterse a un proceso de validación, póngase en contacto con Quinn & Dworakowski, LLP para una consulta gratuita.
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