Tras el fallecimiento de un ser querido, lidiar con los asuntos legales puede suponer una gran carga para la familia afectada. Una pregunta habitual es: “¿Todos los testamentos deben pasar por el proceso de sucesión en California?”. Sin embargo, la respuesta no es un simple sí o no. El proceso de sucesión en California presenta algunas complejidades. Hay situaciones en las que la sucesión es necesaria y otras en las que se puede evitar. A Abogado especializado en sucesiones en Temecula puede ayudarte en el proceso de sucesión.
Guía sobre los testamentos en California
Se recomienda redactar un testamento para proteger a su familia y sus bienes en caso de fallecimiento. Puede legar sus bienes a personas u organizaciones, designar tutores para los menores y nombrar a un albacea para que se encargue de cumplir las disposiciones de su testamento. Las personas que no cuenten con un testamento quedarán sujetas a las leyes estatales en lo que respecta a sus bienes.
En California, los bienes se asignan a los familiares más cercanos, normalmente empezando por el cónyuge y los hijos. Si el fallecido no tiene cónyuge ni hijos, los bienes pasarán a sus padres o nietos. El estado seguirá la lista de familiares hasta encontrar a alguien que pueda aceptar tus bienes. Si no tienes familiares vivos, tus bienes pasarán al estado.
En California, los requisitos para redactar un testamento incluyen tener al menos 18 años de edad y estar en pleno uso de las facultades mentales. El testamento debe estar escrito en papel, no en formato electrónico. Por lo general, un testamento incluye los bienes que deseas incluir, quién heredará dichos bienes, el albacea de la sucesión, un tutor para tus hijos y una persona encargada de administrar los bienes que se dejen a tus hijos.
Entender la sucesión
La sucesión es el proceso legal mediante el cual se administra y distribuye el patrimonio de una persona fallecida. En California, este proceso es supervisado por el tribunal de sucesiones. En lo que respecta a los testamentos, el tribunal de sucesiones suele encargarse de validar el testamento, nombrar a un albacea para que se encargue de la administración del patrimonio, supervisar dicha administración, resolver disputas y garantizar que el testamento cumpla con todos los requisitos legales.
Por lo general, se requiere un proceso de sucesión si los bienes del difunto estaban a su nombre exclusivamente (los bienes en copropiedad pueden no requerir este proceso). Estos bienes incluyen bienes inmuebles, cuentas bancarias, vehículos y otras pertenencias personales. Si el valor total de los bienes supera una determinada cantidad establecida por el estado, por lo general debe someterse a un proceso de sucesión. Si los bienes no pueden transferirse de manera sencilla, el testamento deberá someterse a un proceso formal procedimiento ante el tribunal sucesorio.
Bienes que no requieren proceso sucesorio
En California, la sucesión judicial es habitual en el caso de los testamentos, pero no todos los testamentos deben pasar por este proceso. Algunas personas prefieren evitar la sucesión judicial porque puede ser un proceso largo y costoso. Hay ciertas situaciones en las que se puede evitar el proceso sucesorio.
- Tienes un fideicomiso en vida. Un fideicomiso en vida puede utilizarse para cualquier bien que posea. En esencia, es un sustituto del testamento. Algunas personas prefieren un fideicomiso al testamento porque es privado, a diferencia del testamento, que se hace público, y porque suele ser un proceso más rápido y menos costoso que pasar por el tribunal sucesorio en el caso de un testamento.
- Tú y tu pareja son copropietarios de sus bienes. Por lo general, en el caso de los bienes con copropietarios, la propiedad se transfiere automáticamente al otro copropietario en caso de fallecimiento de uno de ellos. Esto se conoce como «derecho de supervivencia». Por lo tanto, no es necesario pasar por un proceso de sucesión.
- Tienes una transferencia por fallecimiento. Existen muchas opciones de transferencia por causa de muerte. Puedes transferir acciones y bonos mediante la transferencia por causa de muerte. Con esta opción, puedes designar a una persona para que herede la cuenta tras tu fallecimiento. Se trata de una opción habitual en las cuentas de corretaje. Las opciones de transferencia por fallecimiento también existen para los bienes inmuebles. Esto se denomina escritura de beneficiario. Puede realizar cambios en la escritura en cualquier momento, y el beneficiario no heredará ningún derecho hasta después de su fallecimiento. Del mismo modo, también puede tener un plan de transferencia por fallecimiento para vehículos. No se requerirá un tribunal de sucesiones para estas opciones.
- A nombre del beneficiario en caso de fallecimiento (cuentas bancarias). Tu cuenta seguirá siendo tuya y podrás disponer de ella como desees mientras vivas. El beneficiario no tendrá ningún derecho sobre ella hasta después de tu fallecimiento. Podrá reclamar el dinero directamente a través de tu banco.
Preguntas frecuentes
P: ¿Cómo puedo evitar la sucesión judicial en California?
R: Hay varias formas de evitar la sucesión judicial en California. Para evitarla, puede constituir un fideicomiso en vida, mantener bienes en copropiedad, designar beneficiarios para sus cuentas o incluso realizar donaciones en vida para reducir el valor de su patrimonio, de modo que quede por debajo del umbral económico exigido para la sucesión judicial.
P: ¿Qué sucede si no se tramita la sucesión de un testamento en California?
R: Si no se tramita la validación de un testamento en California, pueden ocurrir varias cosas. Es posible que su familia no pueda acceder a sus bienes, o que estos queden en un limbo. Podrían surgir consecuencias legales entre los miembros de la familia, los herederos y los acreedores. En última instancia, existe el riesgo de que no se respeten sus deseos, lo que puede dar lugar a disputas entre las partes involucradas.
P: ¿Qué da lugar a un proceso sucesorio en California?
R: En California, el proceso sucesorio se inicia cuando una persona fallecida posee bienes a su nombre exclusivamente y el valor total de dichos bienes supera una cantidad determinada establecida por el estado. Esta cantidad varía con el tiempo para ajustarse al valor actual del dólar. Entre los motivos habituales que dan lugar al proceso sucesorio se incluyen los bienes inmuebles, los bienes muebles y las cuentas financieras a nombre de la persona fallecida.
P: ¿Qué está exento de la sucesión en California?
R: Hay determinados activos que están exentos sin pasar por el proceso de sucesión en California. Entre ellos se incluyen los activos depositados en un fideicomiso en vida, los bienes en copropiedad, las pólizas de seguro de vida con beneficiarios designados, las cuentas de jubilación con beneficiarios designados, las cuentas con transferencia por fallecimiento y las cuentas pagaderas por fallecimiento. Estas opciones pueden establecerse antes de fallecer, y los beneficiarios normalmente no tienen acceso a ellas hasta que usted fallezca.
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