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Sucesión en California sin testamento

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Quinn & Dworakowski, S.L.

Tras un fallecimiento, el tribunal sucesorio interviene e investiga si existe un testamento. De no ser así, el tribunal determina cómo se distribuirán los bienes del difunto. En tales casos, el cónyuge se considera el principal heredero de los bienes del difunto.

El proceso sucesorio es necesario para garantizar la distribución adecuada de los bienes del difunto. A menudo surgen conflictos entre los familiares y otros posibles herederos en torno a la distribución de los bienes. La legislación sucesoria tiene por objeto resolver dichos conflictos.

En Quinn & Dworakowski, defendemos los derechos de quienes merecen ser nominados.

Trabaje con un abogado con experiencia en sucesiones

Si falleces sin testamento y tus bienes no están asignados de otra manera, de modo que sea necesario un proceso sucesorio, tus bienes se distribuirán entre tus familiares según el orden establecido por la ley estatal. California ha establecido recientemente un sistema de distribución para la sucesión intestada de las parejas de hecho registradas. Si no tienes ningún familiar, tus bienes pasarán al estado.

  • Si eres una persona soltera con hijos y falleces sin testamento, todo tu patrimonio pasará a tus hijos.
  • Si eres soltero y no tienes hijos, y falleces sin testamento, tu patrimonio se repartirá entre tus padres o, en su totalidad, al progenitor que haya sobrevivido. Si ambos padres han fallecido, el patrimonio se repartirá entre tus hermanos (o los hijos de los hermanos fallecidos); si no tienes hermanos, se repartirá entre tus sobrinas y sobrinos, y así sucesivamente a lo largo del linaje familiar.
  • Si estás casado y tienes hijos, y falleces sin testamento, la mitad de tu parte de los bienes gananciales pasará a tu cónyuge tras tu fallecimiento. A partir de ese momento, tu cónyuge será propietario del 100 % de los bienes gananciales.
  • Si estás casado y tienes bienes propios, dichos bienes se repartirán entre tu cónyuge y tus hijos.
    • Si tiene un hijo, los bienes propios se repartirán a partes iguales entre su cónyuge y su hijo.
    • Si tiene más de un hijo, su cónyuge recibirá un tercio de sus bienes propios y los dos tercios restantes se repartirán en partes iguales entre sus hijos (o los descendientes de los hijos fallecidos).
  • Si estás casado y no tienes hijos, y falleces sin testamento, tu cónyuge recibirá la mitad de tu participación en cualquier bien ganancial que poseas.
  • Si estás casado y posees bienes propios, tu cónyuge recibirá solo la mitad de esos bienes. La otra mitad, por lo general, se destinará a tus herederos vivos: primero a tus padres y luego a tus hermanos.
  • Si usted es pareja de hecho y fallece sin testamento, fideicomiso u otro plan sucesorio, su pareja de hecho registrada sobreviviente heredará una parte de su patrimonio, siempre y cuando ambas partes estén registradas como pareja de hecho ante la Secretaría de Estado de California. La parte del patrimonio a la que tendrá derecho su pareja de hecho sobreviviente dependerá de si usted tiene hijos sobrevivientes u otros familiares.

¿Se enfrenta a un proceso sucesorio sin testamento? Póngase en contacto hoy mismo con nuestros abogados especializados en sucesiones

Durante su consulta inicial, dedicaremos tiempo a responder sus preguntas y a explicarle cómo funciona el proceso de sucesión en el condado de Orange, el condado de Riverside o en otros condados del estado de California. Para obtener más información, llame al 949-660-1400 o rellene nuestro formulario de contacto en línea para recibir una respuesta oportuna.

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